Título: BASES ADJUDICACIÓN VACANTES EN MERCADILLO MUNICIPAL
Organismo: MONFORTE DEL CID
Fecha de inicio: 24-09-2024
El Ayuntamiento de Monforte del Cid ha aprobado DECRETO 2024-1296 con las BASES PARA LA ADJUDICACIÓN DE VACANTES EN EL MERCADILLO MUNICIPAL. Plazo de presentación de instancias con la documentación requerida hasta el 15 de octubre.
La Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Monforte del Cid, vista la propuesta de la Concejalía Delegada de Mercado a partir de la disponibilidad de espacio para el ejercicio de la venta no sedentaria, resuelve:
Primero. Publicar el pliego de la oferta de autorizaciones o puestos de venta no sedentaria de Monforte del Cid, según la siguiente disponibilidad en función de los metros disponibles y el mix comercial:
Número de puestos |
Día de Autorización |
Metros Lineales |
1 |
Miércoles |
4 m.* |
1 |
Miércoles |
4 m.* |
1 |
Miércoles |
4 m.* |
1 |
Miércoles |
6 m.* |
1 |
Miércoles |
6 m.* |
1 |
Miércoles |
6 m.* |
1 |
Miércoles |
8 m.* |
1 |
Miércoles |
8 m.* |
1 |
Miércoles |
8 m.* |
1 |
Miércoles |
10 m.* |
1 |
Miércoles |
10 m.* |
1 |
Miércoles |
10 m.* |
1 |
Viernes |
6 m. CALZADO** |
1 |
Viernes |
6 m. TEXTIL** |
1 |
Viernes |
7 m. TEXTIL** |
**producto preferente
Segundo. Exponer durante un plazo de 15 días en el tablón de Anuncios municipal y en el de los mercados municipales y en su sede electrónica, la oferta de autorizaciones o puestos de venta no sedentaria.
Tercero. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días desde su publicación. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Monforte del Cid o enviarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Los interesados deberán registrar su solicitud acompañada de los documentos acreditativos de los méritos indicados mediante originales o documentos compulsados.
Cuarto. Dentro de los diez días siguientes a la terminación del plazo, el Ayuntamiento hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Monforte del Cid, en el de los mercados municipales y en su sede electrónica la relación de solicitantes, especificando aquellos a los que, por defecto de la solicitud o falta de datos o documentos que sean exigibles, no se les puede admitir a trámite la solicitud, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos indicados. Una vez transcurrido éste plazo, el Ayuntamiento hará pública, de la misma forma, la lista definitiva de solicitudes admitidas.
Quinto. Criterios de valoración:
a) Que el solicitante tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea: 2 puntos.
b) La experiencia demostrada en el ejercicio de la profesión que asegure la correcta prestación de la actividad comercial, hasta un máximo de 10 puntos, según el siguiente desglose:
-De 0 a 1 años de experiencia acreditada: 1 punto.
-A partir de 1 a 3 años: …………………… 3 puntos.
-A partir de 3 a 10 años: ………………….. 6 puntos.
-De 10 en adelante: ……………………....10 puntos.
Experiencia que se acreditará mediante certificado expedido por la Agencia Estatal Tributaria sobre el período dedicado actividad comercial, así como Informe de Vida Laboral por la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) La diversificación de la actividad a ejercer, hasta un máximo de 10 puntos, según el siguiente desglose:
- Por ejercer en el mercadillo una actividad singular o única ………………………………….. 10
- Por ejercer en el mercadillo una actividad en la que existan hasta 2 actividades similares 5
- Por ejercer en el mercadillo una actividad en la que existan hasta 4 actividades similares 3
d) La acreditación de formación específica mediante la asistencia a cursos o jornadas relativos al desarrollo de la actividad comercial o a la defensa y protección de los derechos de los consumidores en los que hayan participado administraciones públicas, universidades, cámaras de comercio u otros organismos oficiales, o bien estén avalados por los mismos, así como la incorporación a códigos de conducta o sistemas de calidad aplicables al ejercicio de la venta, hasta un máximo 5 puntos, según el siguiente desglose:
-Por cursos de duración mínima de 25 horas acreditables: 0,25 puntos
-A partir de 25 y hasta 50 horas ………………………………0,50 puntos
-A partir de 50 horas ……………………………………………0,75 puntos
e) La adopción de compromisos de responsabilidad social y de defensa de los consumidores, como la adhesión a la Junta Arbitral de Consumo de la Generalitat: 3 puntos.
f) No haber sido sancionado en firme por infracciones muy graves cometidas en el ejercicio de la venta no sedentaria en el Municipio de Monforte del Cid durante el año anterior a la solicitud: 4 puntos.
h) La garantía en la información de origen y la trazabilidad de los artículos a la venta: 1 punto.
Sexto. En el supuesto de las solicitudes formuladas por personas jurídicas, los méritos alegados de carácter personal serán los de la persona física que se designe en la solicitud para desarrollar la actividad comercial.
Séptimo. La baremación se realizará por el Técnico AFIC dependiente de la Concejalía Delegada de Mercado. Sólo se puntuarán los méritos que hayan sido documentalmente acreditados y de manera suficiente por los interesados, mediante la presentación de los documentos originales o debidamente compulsados.
Octavo. Se creará un listado de suplentes, por orden de puntuación, no inferior al 10% de los puestos a cubrir con el fin de que, en caso de renuncia, vacantes o durante el tiempo de reserva de puesto en los supuestos establecidos en el artículo 33.f de esta Ordenanza; se ofrezca a los mismos la posibilidad de obtener la autorización para la venta.
Noveno. En caso de que, en aplicación del baremo, se produjera un empate entre dos o más vendedores, éste se resolverá dando prioridad a aquellas solicitudes que tengan fecha de presentación anterior. En el caso de continuar el empate, éste ser resolverá por sorteo.
Décimo. El resultado provisional de la baremación se publicará en el Tablón de Anuncios municipal, en el de los mercados municipales y en la sede electrónica del Ayuntamiento, estableciéndose un plazo para la formulación de posibles reclamaciones. Resueltas las reclamaciones por la Alcaldía-Presidencia y finalizado el procedimiento se notificará a los interesados que hayan resultado adjudicatarios para que se personen en el Ayuntamiento a retirar la autorización y el documento acreditativo que deberán exhibir en el puesto.
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