Alta, modificación y baja venta ambulante e intermediarios del comercio
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Objeto
Los comerciantes que practiquen la venta no sedentaria o ambulante comunicarán los datos de su actividad al Registro de Actividades Comerciales en el plazo máximo de 1 mes siguiente al inicio de la actividad para la inscripción en el mismo y, en todo caso, después de haber obtenido la autorización para el desarrollo de dicha venta por parte del Ayuntamiento correspondiente.
El desarrollo de la actividad comercial como intermediario deberá comunicarse al Registro en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad
Igualmente, en caso de modificaciones de los datos que fueron facilitados para la inscripción o de cese de la actividad, se deberá cursar comunicación al Registro de Actividades Comerciales en el plazo del mes siguiente a que se produzcan las mismas.
No se requiere pago de tasa.
Solicitante
Las personas interesadas que se dediquen a la venta ambulante e intermediarios del comercio.
Lugar de presentación
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En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
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También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
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Cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
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Y, preferentemente, en:
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIO - ALICANTE
RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 41 (TORRE GENERALITAT) - 03002 ALACANT/ALICANTE Teléfono: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIO - CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 47 - 12003 CASTELLÓ DE LA PLANA/CASTELLÓN DE LA PLANA Teléfono: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIO - VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27 (PROP 1) - 46009 VALENCIA Teléfono: 012
Documentación
Trámites
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Presentación del impreso
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Notificación de la inscripción mediante un certificado del Servicio Territorial de Comercio correspondientePresentación de la solicitud y la documentación requerida.
Información complementaria
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En caso de inicio de actividad comercial, debe comunicar los datos de la actividad al Registro de Actividades Comerciales una vez obtenida la autorización municipal para el ejercicio de la venta.
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Los titulares de la actividad pondrán a disposición de la Administración, cuando sean requeridos pare ello, la documentación acreditativa del cumplimiento de los datos facilitados para la inscripción en el Registro de Actividades Comerciales.
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La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento o la omisión del deber de comunicar los datos para la inscripción de la actividad, determinará la imposibilidad de continuar con la actividad y la cancelación de la inscripción, sin perjuicio de las sanciones administrativas que pudieran corresponder
Más información en:
Fuentes jurídicas
Impreso




